106 resultados para México - País

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This document is in Spanish. Bajo esta concepción, con el presente Anuario se pretende poner al alcance de los interesados en el quehacer pesquero, la información estadística más relevante de lo acontecido durante 1989 en la pesca mexicana, complementándola con datos de series histó ricas del contexto internacional pesquero. El orden en que se presenta esta información, es el siguiente: En primer término, en el capítulo 1 se dan a conocer los resulta dos alcanzados en la fase primaria de la actividad, esto es, la producción proveniente de las capturas y de la acuacultura. Es conveniente precisar que los datos de producción consignados se refieren exclusivamente a la pesca que se realiza con fines comerciales. Con el fin de que la información sea accesible y de fácil consul ta para el usuario, los datos sobre producción se presentan en sus dimensiones más representativas, es decir, por principales especies, por tipo de consumo, por sectores participantes, y para darle una expresión territorial a los datos, se torna corno refereQ cia a las entidades federativas. En la parte final de este primer capítulo, se hace una separación de lo que es la producción proveniente de la acuacultura, información que también se presenta en las dimensiones arriba señaladas. El Capítulo II del Anuario contempla la información sobre el proceso de industrialización de la producción pesquera. Las variables consideradas hacen referencia a la materia prima procesada, producto terminado, principales procesos (congelado, enlatado, reducción y otros) y a la participación de las entidades federativas en esta fase de la actividad. Enseguida, en el Capítulo 111 se expresa la información relativa a la comercialización de los productos pesqueros, tanto la que se destina al mercado interno como a los mercados del exterior. Por ello, en esta parte del Anuario se presentan datos sobre consumos, disponibilidad, origen y destino de los productos, precios y Balanza Comercial Pesquera. En el Capítulo IV, para dar una idea sobre el acervo de los recursos aplicados a la actividad, se presenta información sobre los principales activos pesqueros, es decir, embarcaciones, infraestructura portuaria, centros acuícolas, planta industrial, financiamiento y sobre los recursos humanos de la pesca. Finalmente, en el Capítulo V, con el propósito de ubicar a nuestro país en el contexto mundial de la pesca, se publica información de carácter internacional, a partir de grandes agregados en materia de producción, industrialización, comercio internacional y consumos, principalmente. Catch statistics for Mexican waters 1989. (PDF has 111 pages.)

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This document is in Spanish. El capítulo 1, se conforma por un conjunto de cuadros referidos a los resultados que se obtuvieron en la fase primaria del circuito productivo, es decir, la producción derivada de las capturas y de la acuacultura practicadas con fines comerciales. Las variables de producción consignadas se refieren a las di-mensiones más representativas de la actividad: volumen y valor de la producción por especies, producción por tipo de destino, por sectores productivos, por litoral y entidad federativa y por principales Oficinas de Pesca. Este capítulo se concluye presentando un grupo de cuadros sobre la produccion proveniente de la acuacultura, ademis de algunas series historicas referidas al comportamiento de las principales pesquerías y de la produccion nacional en su conjunto. Enseguida -Capítulo 11-, se da a conocer la informaci6n relativa a la industrializaci6n de la produccion pesouera, destacando las variables referidas a la materia prima procesada, producto obtenido y principales procesos industriales, esto es, el congelado, enlatado, reducci6n y otros procesos. En el Capítulo 111, se presentan las estadísticas sobre la comercializacion interna y externa de productos pesqueros. De modo que, aquí se expresan variables tales como el consumo aparente y per cipita, disponibilidad interna de productos pesqueros, precios y la Balanza Comercial Pesquera, entre -las mas importantes. El Capítulo IV, da cabida a la informacion sobre los factores de la produccion. Es decir, en esta parte del Anuario se concentra la informacion relativa a los acervos de capital -activos pesqueros-, fuerza de trabajo y financiamiento. Por último, el Capítulo V recoge informacion pesquera de caracter internacional, con el proposito de ubicar la participacion de nuestro país en el concierto mundial de la pesca. Destacan aquí agregados como la producci6n, industrializaci6n, comercializaci6n y consumo de productos pesqueros. Catch statistics for Mexican waters 1990. (PDF has 110 pages.)

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El capítulo uno concentra información sobre los volúmenes de producción obtenidos en la fase primaria de la actividad (captura y acuacultura). Las variables manejadas son: producción por principales especies, destino de consumo, litoral y entidad federativa, acuacultura, así como el valor de lo explotado o cultivado a precios de productor (precio en playa); al final se incorpora un conjunto de cuadros con series históricas de producción, desglosadas por principales pesquerías, litorales y entidades. Enel capítulo segundo se presentan estadísticas sobre la transformación o industrialización de productos pesqueros. Sus indicadores más representativos se refieren a materia prima procesada y producción obtenida, desagregándola por entidad federativa y principales procesos de producción, es decir, congelado, enlatado, reducción (elaboración de harina de pescado y aceites) y otros procesos. El capítulo tercero contiene las estadísticas sobre la fase de la comercialización y consumo de los productos provenientes de la pesca: disponibilidad, consumo (aparente y per-cápita), precios y balanza comercial pesquera, incluyendo series históricas sobre estos indicadores. En el capítulo cuarto se da a conocer información acerca de los principales activos disponibles en el sector, esto es, flota, planta industrial, instalaciones portuarias, granjas acuícolas comerciales y centros de acuacultura. De igual manera, aparecen las cifras de los empleos generados por la actividad, las organizaciones sociales pesqueras y su membresía, como también los créditos otorgados al sector por la banca de desarrollo. El capítulo quinto resume información sobre las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) vigentes que conciernen a la actividad pesquera, así como de las vedas que se aplican en las diferentes pesquerías. En el sexto y último capitulo es una recapitulación de la información presentada por la FAO, en un esfuerzo por proporcionar una mejor y mayor perspectiva de la actividad pesquera del país a nivel mundial, Registra treinta y uno cuadros sobre los temas mas relevantes de Producción pesquera, acuacultura, industria pesquera, Comercio de Productos pesqueros, consumo aparente, población pesquera, flota pesquera, presentadas por país de origen en el que se puede apreciar la destacada participación de México. La estructura del Anuario concluye con la presentación del anexo, que comprende el glosario de términos se consignan definiciones de algunos términos que pueden resultar de utilidad para el lector., la lista de las especies que integran cada una de las pesquerías para las cuales se registra información desagregada y se presentan cuadros sinópticos a manera de indicadores, sobre las principales variables de la pesca mexicana, de las pesquerías más importantes, al igual que las fases y especies con mayor participación relativa en la pesca mundial. (Catch statistics for Mexican waters 2002.) (PDF has 243 pages.)

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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which carne into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, and France and Nicaragua in 1973. Ecuador withdrew from the Commission in 1968, Mexico in 1978, Costa Rica in 1979, and Canada in 1984. Costa Rica re-adhered to the convention in 1989, and Vanuatu and Venezuela joined the Commission in 1990 and 1992, respectively. The Commission held its 50th meeting in La Jolla, California, USA, on June 16-18, 1992. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio suscrito originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de cualquier país cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales en el Océano Pacífico oriental. Bajo esta estipulación, la República de Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, México en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, y Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978, Costa Rica en 1979, y Canadá en 1984. Costa Rica se adhirió de nuevo al Convenio en 1989; y Vanuatu y Venezuela se hicieron miembros de la Comisión en 1990 y 1992, respectivamente. La Comisión celebró su quincuagésima reunión en La Jolla, California, EE.UU., del 16 al 18 de junio de 1992. (PDF contains 316 pages.)

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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission (IATTC) operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which carne into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas and tuna-like species in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, France and Nicaragua in 1973, Vanuatu in 1990, and Venezuela in 1992. Ecuador withdrew from the IATTC in 1968, Mexico in 1978, Costa Rica in 1979, and Canada in 1984. Costa Rica readhered to the convention in 1989. The Commission held its 51st meeting in Port Vila, Vanuatu, on June 8-10, 1993. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio suscrito originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de cualquier país cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales y especies afines en el Océano Pacífico oriental. Bajo esta estipulación, la República de Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, México en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973, Vanuatu en 1990, y Venezuela en 1992. Ecuador se retiró de la CIAT en 1968, México en 1978, Costa Rica en 1979, y Canadá en 1984. Costa Rica se adhirió de nuevo al Convenio en 1989. La Comisión celebró su 51ª reunión en Port Vila (Vanuatu) del 8 al 10 de junio de 1993. (PDF contains 316 pages.)

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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission (IATTC) operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas and tuna-like species in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, France and Nicaragua in 1973, Vanuatu in 1990, and Venezuela in 1992. Ecuador withdrew from the IATTC in 1968, Mexico in 1978, and Canada in 1984. The Commission held its 53rd meeting in Cumaná, Venezuela, on June 7-8, 1994. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) funciona bajo la autoridad ydirección de un convenio suscrito originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de cualquier país cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales y especies afines en el Océano Pacífico oriental. Bajo esta estipulación, la República de Panamá seafilióen 1953, Ecuadoren 1961, México en 1964, Canadáen 1968,Japónen 1970, FranciayNicaragua en 1973, Vanuatu en 1990, y Venezuela en 1992. Ecuador se retiró de la CIAT en 1968, México en 1978, y Canadá en 1984. La Comisión celebró su 53a reunión en Cumaná (Venezuela) el 7 y 8 de junio de 1994. (PDF contains 296 pages.)

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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission (IATTC) operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas and tuna-like species in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, France and Nicaragua in 1973, Vanuatu in 1990, and Venezuela in 1992. Ecuador withdrew from the IATTC in 1968, Mexico in 1978, and Canada in 1984. The IATTC held its 55th meeting in La Jolla, California, USA, on June 13-15, 1995. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) funciona bajo la autoridad ydirección de un convenio suscrito originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de cualquier país cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales y especies afines en el Océano Pacífico oriental. Bajo esta estipulación, la República de Panamá seafilióen 1953, Ecuadoren 1961, México en 1964, Canadáen 1968,Japónen 1970, FranciayNicaragua en 1973, Vanuatu en 1990, y Venezuela en 1992. Ecuador se retiró de la CIAT en 1968, México en 1978, y Canadá en 1984. La CIAT celebró su 55a reunión en La Jolla, California (EE.DU.) del 13 al15 de junio de 1995. (PDF contains 336 pages.)

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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission (IATTC) operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas and tuna-like species in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, France and Nicaragua in 1973, Vanuatu in 1990, and Venezuela in 1992. Ecuador withdrew from the IATTC in 1968, Mexico in 1978, and Canada in 1984. The IATTC held its 57th meeting in La Jolla, California, USA, on October 21-23, 1996. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio suscrito originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de cualquier país cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales y especies afines en el Océano Pacífico oriental. Bajo esta estipulación, la República de Panamá seafilióen 1953, Ecuador en 1961, México en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973, Vanuatu en 1990, y Venezuela en 1992. Ecuador se retiró de la CIAT en 1968, México en 1978, y Canadá en 1984. La CIAT celebró su 57a reunión en La Jolla, California (EE.DU.) del 21 a123 de octubre de 1996. (PDF contains 360 pages.)

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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission (IATTC) operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas and tuna-like species in the eastern Pacific Ocean (EPO). Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, France and Nicaragua in 1973, Vanuatu in 1990, Venezuela in 1992, and EI Salvador in 1997. Mexico withdrew from the IATTC in 1978 and Canada in 1984. The 58th meeting of the IATTC was held in San Jose, Costa Rica, on June 3-4, 1997. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio suscrito originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto ala afiliación de cualquier país cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales y especies afines en el Océano Pacifico oriental (OPO). Bajo esta estipulación, la República de Panamá seafilió en 1953, Ecuador en 1961, México en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973, Vanuatu en 1990, Venezuela en 1992, y El Salvador en 1997. México se retiro de la CIAT en 1978, y Canadá en 1984. La CIAT celebró su 58' reunión en San Jose de Costa Rica el 3 y 4 de junio de 1997. (PDF contains 310 pages.)

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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission (IATTC) operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas and tuna-like species in the eastern Pacific Ocean (EPO). Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, France and Nicaragua in 1973, Vanuatu in 1990, Venezuela in 1992, and El Salvador in 1997. Canada withdrew from the IATTC in 1984. The 60th meeting of the IATTC was held in La Jolla, California, USA, on February 7, 1998. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio suscrito originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto ala afiliación de cualquier país cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales y especies afines en el Océano Pacifico oriental (OPO). Bajo esta estipulación, la República de Panamá seafilió en 1953, Ecuador en 1961, México en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973, Vanuatu en 1990, Venezuela en 1992, y El Salvador en 1997. México se retiro de la CIAT en 1978, y Canadá en 1984. La 60a reunión de la CIAT tuvo lugar el 7 de febrero de 1998. (PDF contains 358 pages.)

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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission (IATTC) operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas and tuna-like species in the eastern Pacific Ocean (EPO). Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, France and Nicaragua in 1973, Vanuatu in 1990, Venezuela in 1992, and El Salvador in 1997. Canada withdrew from the IATTC in 1984. The 63rd meeting of the IATTC was held in Guayaquil, Ecuador, on June 8-10,1999. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio suscrito originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto ala afiliación de cualquier país cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales y especies afines en el Océano Pacifico oriental (OPO). Bajo esta estipulación, la República de Panamá seafilió en 1953, Ecuador en 1961, México en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973, Vanuatu en 1990, Venezuela en 1992, y El Salvador en 1997. México se retiro de la CIAT en 1978, y Canadá en 1984. La 63a reunión de la CIAT tuvo lugar del 8 al 10 de junio de 1999 en Guayaquil (Ecuador). (PDF contains 184 pages.)

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ENGLISH:The Inter-American Tropical Tuna Commission (IATTC) operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas and tuna-like species in the eastern Pacific Ocean (EPO). Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, France and Nicaragua in 1973, Vanuatu in 1990, Venezuela in 1992, El Salvador in 1997, and Guatemala in 2000. Canada withdrew from the IATTC in 1984. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) funciona bajo la autoridad y dirección de una convención suscrita originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. La convención, vigente desde 1950, está abierta a la afiliación de cualquier país cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales y especies afines en el Océano Pacífico oriental (OPO). Bajo esta estipulación, la República de Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, México en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973, Vanuatu en 1990, Venezuela en 1992, El Salvador en 1997, y Guatemala en 2000. Canadá se retiró de la CIAT en 1984.

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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission (IATTC) operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas and tuna-like species in the eastern Pacific Ocean (EPO). Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, France and Nicaragua in 1973, Vanuatu in 1990, Venezuela in 1992, El Salvador in 1997, and Guatemala in 2000. Canada withdrew from the IATTC in 1984. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) funciona bajo la autoridad y dirección de una convención suscrita originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. La convención, vigente desde 1950, está abierta a la afiliación de cualquier país cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales y especies afines en el Océano Pacífico oriental (OPO). Bajo esta estipulación, la República de Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, México en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973, Vanuatu en 1990, Venezuela en 1992, El Salvador en 1997, y Guatemala en 2000. Canadá se retiró de la CIAT en 1984.

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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission (IATTC) operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas and tuna-like species in the eastern Pacific Ocean (EPO). Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, France and Nicaragua in 1973, Vanuatu in 1990, Venezuela in 1992, El Salvador in 1997, Guatemala in 2000, Peru in 2002, and Spain in 2003. Canada withdrew from the IATTC in 1984. The IATTC’s responsibilities are met with two programs, the Tuna-Billfish Program and the Tuna-Dolphin Program. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) funciona bajo la autoridad y dirección de una convención suscrita originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. La Convención, vigente desde 1950, está abierta a la afiliación de cualquier país cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales y especies afines en el Océano Pacífico oriental (OPO). Bajo esta estipulación, la República de Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, México en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973, Vanuatu en 1990, Venezuela en 1992, El Salvador en 1997, Guatemala en 2000, Perú en 2002, y España en 2003. Canadá se retiró de la CIAT en 1984. La CIAT cumple su mandato mediante dos programas, el Programa Atún-Picudo y el Programa Atún-Delfín.

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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission (IATTC) operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas and tuna-like species in the eastern Pacific Ocean (EPO). Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, France and Nicaragua in 1973, Vanuatu in 1990, Venezuela in 1992, El Salvador in 1997, Guatemala in 2000, Peru in 2002, Spain in 2003, and the Republic of Korea in 2005. Canada withdrew from the IATTC in 1984. The IATTC's responsibilities are met with two programs, the Tuna-Billfish Program and the Tuna-Dolphin Program. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) funciona bajo la autoridad y dirección de una convención suscrita originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. La Convención, vigente desde 1950, está abierta a la afiliación de cualquier país cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales y especies afines en el Océano Pacífico oriental (OPO). Bajo esta estipulación, la República de Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, México en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973, Vanuatu en 1990, Venezuela en 1992, El Salvador en 1997, Guatemala en 2000, Perú en 2002, España en 2003, y la República de Corea en 2005. Canadá se retiró de la CIAT en 1984. La CIAT cumple su mandato mediante dos programas, el Programa Atún-Picudo y el Programa Atún-Delfín.